REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de primera instancia en función de control, No. 04, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, valles del Tuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, se pronuncia en los términos siguientes: único: se admitir a los ciudadanos ELEINE YUDEICE MENDOZA APARICIO y JOSE GREGPRIO SANCHEZ ARAUJO, titulares de las cédulas de identidad personales números V-7.014.844 y V-7.580.284, respectivamente, como personas propuestas para la constitución como fiadores, a favor del ciudadano JESÚS ALBERTO GUTIERREZ GARCIA, titular de la cédula de identidad personal número V-18.629.466, debiendo comparecer a la sede de este juzgado a la brevedad posible, a los fines de levantar acta contentiva de las obligaciones que contraerán, indicándose en tal oportunidad quedar entendido que sólo una vez se constituya la fianza exigida será librará, en consecuencia, boleta de excarcelación correspondiente.-
Publíquese, regístrese, déjese copia autorizada del pronunciamiento, y conforme a lo previsto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal notifíquese a las partes. Líbrese oficio respectivo.
LA JUEZ

VALENTINA ZABALA VIRLA
LA SECRETARIA


NARDY HERNANDEZ