REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. EXTENSIÓN BARLOVENTO
SALA DE JUICIO.
JUEZ UNIPERSONAL Nº II


Guatire, 27 de Julio del año 2009
199º y 150º
SOLICITANTE: LIZARAZO ROSALBA, Titular de la Cédula de Identidad Nº 9.837.445.
Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones y las justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Despacho Judicial a cargo del Juez Unipersonal II de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Extensión Barlovento, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la presente solicitud, en consecuencia y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, decreta como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano ESTEBAN RIOS ROJAS, quien en vida era titular de la cédula de identidad Nº 81.681.989, quien falleció el 30-03-2009 en el Hospital Domingo Luciani, a consecuencia de: Carcinoma poco diferenciado de tiroides, tal como consta de la partida de defunción expedida por el Registrador Civil de la Parroquia Petare, acta Nº 719 registrada en fecha 30/03/2009, a su hijos la adolescente (IDENTIDAD OMITIDA) nacida en la Cruz Roja Venezolana, Caracas de acuerdo a la partida de nacimiento Nº 2.172, expedida por el Registrador Civil del Municipio Autónomo Ambrosio Plaza del Estado Miranda, registrada en fecha 20-08-1996 y a los niños (IDENTIDAD OMITIDA)nacida en la Cruz Roja Venezolana, Caracas de acuerdo a la partida de nacimiento Nº 2.303, expedida por el Registrador Civil del Municipio Autónomo Ambrosio Plaza del Estado Miranda, registrada en fecha 15-07-1999 y (IDENTIDAD OMITIDA)nacido en la Cruz Roja Venezolana, Caracas de acuerdo a la partida de nacimiento Nº 3523, expedida por el Registrador Civil del Municipio Autónomo Ambrosio Plaza del Estado Miranda, registrada en fecha 12-12-2001. Devuélvase todo original.
Regístrese y Publíquese incluso en la página Web suprimiéndose el nombre de los niños, niñas y adolescentes de autos el cual será sustituido por la palabra IDENTIDAD OMITIDA y déjese Copia Certificada. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en el Despacho Judicial a cargo del Juez Unipersonal N° II de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento. Guatire, a los veintisiete (27) días del mes de julio del año dos mil nueve (2009). Años 199º de la Independencia y 150º de la Federación
EL JUEZ TITULAR ABG. HELIO ANTONIO REQUENA BANDRES.

LA SECRETARIA.


HARB/Zunyin
EXP Nº S-09/9522
Título de únicos y universales herederos.