REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y DE MENORES
Admitido el amparo constitucional incoado por la ciudadana Zuleyma Mendez, y conforme al artículo 18 numeral 6° y 19 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos yGarantías Constitucinaled, se fija un lapso de 48 horas siguientes a la constancia en auto de la notificacion de la accionante, para que consigne copias simpels o certificdas de la decisión impugnad por inconstitucional.