REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE
SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Guarenas, 26 de Junio de 2009
Años 199° y 150°
Vista la diligencia de fecha 22 de junio de 2009, cursante al folio 57 del expediente, suscrita por la ciudadana MARTINEZ IRIS NARCISA, en su carácter de parte actora, asistida por la abogada ALEJANDRA FRANCO BLANCO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 30.816, mediante la cual DESISTEN del procedimiento y de la acción.
Este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN GUARENAS, Administrando Justicia en nombre de Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN AL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y DE LA ACCION por considerarlo ajustado a derecho y así se pasa en autoridad de cosa juzgada, da por terminado el presente procedimiento y una vez cumplidos los lapsos de Ley se ordenará el archivo del Expediente. Así se establece.
Todo ello en el juicio que por PRESTACIONES SOCIALES incoara la ciudadana IRIS NARCISA MARTINEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 5.594.169 contra CESTAS PLASTICAS CEPLAST, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 03 de marzo de 1998, bajo el N° 25, tomo 194-A-Qto, en el expediente signado con el N° 3100-09.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal.
Se ordena la publicación de la presente decisión en la página WEB del Tribunal Supremo de Justicia en el site denominada Región Miranda.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Bolivariano de Miranda. Con sede en Guarenas, a los veintiséis (26) días del mes de junio del año dos mil nueve (2009) AÑOS: 199° y 150°.
LA JUEZ
Dra. CARMEN VIOLETA CEDRÉ TORRES.-
LA SECRETARIA
Abg. CARIDAD GALINDO
Expediente N° 3100-09
CVCT/CG/ja.
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