REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO QUINTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN GUARENAS

199º y 150º

En horas de Despacho del día de hoy, cinco (05) de junio de dos mil nueve (2009), anunciada por el alguacil a las puertas del tribunal siendo las 10:00 a.m.; día y hora fijado para que tenga LA PROLONGACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en el presente procedimiento de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS BENEFICIOS LABORALES, que incoara la abogada MIRNA DEL SOL ROJAS GUERRA, el ciudadano JUAN CARLOS ZAPATA, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 13.321.354, en contra de las Co-demandadas “SILATEX, C.A” debidamente inscrita en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el Nº 58, Tomo 13-A-PRO, de fecha 02-02-1983, por la Co-demandada “INDUSTRIAS TELMODA, C.A.” inscrita en el Registro Mercantil IV de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el Nº 16, Tomo 87-A-CTO, de fecha 19-12-2003, por la Co-demandada “GRUPO CADET, C.A.” inscrita en el Registro Mercantil IV de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el Nº 6, Tomo 83-A-CTO, de fecha 09-12-2003. por las co-demandadas compareció la ciudadana MAYELA COROMOTO ROSAS PACHECO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de identidad N° 5.604.033 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 100.514 en su carácter de apodera Judicial. Este Juzgado deja expresa constancia, que la parte actora, no comparecieron ni por sí ni por medio de Apoderado Judicial alguno a la realización de la Audiencia Preliminar. Ahora bien, siendo que el interés procesal lo tiene el demandante es por lo que de conformidad con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. En este mismo acto la parte demandada solicita los medios probatorios consignados al inicio de la audiencia preliminar. Este Tribunal acuerda la entrega de los medios probatorios y hace formal entrega. Es todo. Terminó siendo las 10:45 A.M.


Dra. CARMEN VIOLETA CEDRÉ TORRES.-

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA


LA SECRETARIA

Expediente N° 3048-09.
CVCT/FG.