JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques,
199° y 150°
Vistas las actuaciones provenientes del Juzgado Distribuidor y los recaudos que la acompañan, en especial la evacuación de testigos de los ciudadanos JUAN AMBROSIO OLIVARES MENESES y MAURO JOSÉ OLIVARES FONSECA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-4.844.721 y V-19.223.111, respectivamente, relacionados con la solicitud, presentada por la ciudadana NOELIA RAMOS DE LANDAEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.027.549. Este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS SUFICIENTE Y BASTANTE del ciudadano HERNÁN JESÚS LANDAEZ RAMOS (fallecido en fecha veintisiete (27) de noviembre de 2000), a favor de la ciudadana NOELIA RAMOS DE LANDAEZ supra identificada, quedando a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el abogado Henry Manuel Chacón Yanez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 118.173. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.-
LA JUEZA TITULAR,
ELSY MADRIZ QUIROZ
LA SECRETARIA,
RUTH GUERRA.
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
LA SECRETARIA,
EMQ*Wdrr.-
Exp. N° 46459
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