REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO
GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 03 de Junio de 2009
199° y 150°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, suscrita por los ciudadanos JUAN DE DIOS COLINA MORENO y HARINSON ANTONIO COLINA, identificados en autos, asistidos por el abogado GERMAN FIGUEROA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.541, así como la justificación promovida y evacuada ante este Juzgado, en la cual rinden declaración los ciudadanos NAIROBI KISMAYI GELVES SEVILLA y ALFREDO JUAN ANGULO CARDENAS, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 14.214.232 y 2.131.218 respectivamente, por asuntos de herencia. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, decreta las mismas TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a favor de los ciudadanos JUAN DE DIOS COLINA MORENO y HARINSON ANTONIO COLINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° 9.660.713 y 9.669.926, para asegurar los derechos que tengan dichos ciudadanos en la Sucesión de la ciudadana SABINA DEL CARMEN MORENO DE COLINA, quien falleció en fecha 27 de Abril de 2009, en su carácter de causahabientes de la prenombrada causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvanse originales las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.
LA JUEZ TITULAR
DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. SOL SCARLET DÍAZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. SOL SCARLET DÍAZ
S.- N° 0689/2009
JVA/ssd/cc.-
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