REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. EXTENSIÓN BARLOVENTO
SALA DE JUICIO.
JUEZ UNIPERSONAL Nº II
Guatire, 15 de Junio del año 2009
199º y 150º
SOLICITANTE: KENDAL PATRICIA SILVA titular de la Cédula de Identidad Nº 17.119.771.
Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones y las justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Despacho Judicial a cargo del Juez Unipersonal II de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Extensión Barlovento, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la presente solicitud, en consecuencia y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, decreta como CARGA FAMILIAR del ciudadano JEAN CARLOS CARRILLO venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 14.585.973, a la niña (IDENTIDAD OMITIDA) de cinco (05) años de edad. Devuélvase todo original.
EL JUEZ ABG. HELIO ANTONIO REQUENA BANDRES.
LA SECRETARIA TITULAR.
Abg. Dayana Estaba.
EXP Nº S-09/9328
HARB/Zunyin
Carga Familiar