REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Estado Miranda
Extensión Barlovento. Juez Unipersonal N° II
Guatire, 22 de Junio del año 2009
199º y 150º
Visto el acuerdo suscrito por los ciudadanos GERARDO ANTONIO RENGIFO PADRINO y KATHELN AYLEEN RENGIFO DIAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 10.090.663 y 22.561.877, respectivamente, quienes convinieron sobre la Extensión de la Obligación de Manutención en interés de la joven (IDENTIDAD OMITIDA), antes de identificada. En consecuencia este Despacho Judicial, a cargo del Juez Unipersonal No. II de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda Extensión Barlovento, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara HOMOLOGADO el presente acuerdo, adquiriendo fuerza ejecutiva el mismo. Por ultimo vista la diligencia que corre inserta al folio siete del presente expediente suscrita por la joven antes mencionada, quien manifestó que se acuerde levantar la medida de embargo sobre las prestaciones sociales pertenecientes al ciudadano GERARDO ANTONIO RENGIFO PADRINO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.090.663, decretada por este Tribunal en fecha 17 de Diciembre del año 2002, equivalente a treinta y seis (36) mensualidades por ante la Dirección de Recursos Humanos del Banco Federal. En consecuencia se acuerda LEVANTAR LA MEDIDA DE EMBARGO SOBRE LAS PRESTACIONES SOCIALES EQUIVALENTES A TREINTA Y SEIS (36) MENSUALIDADES y el cese de los descuentos que se vienen efectuado por ante la Dirección de Recursos Humanos del Banco Federal, que se viene realizando contra el salario del ciudadano GERARDO ANTONIO RENGIFO PADRINO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.090.663.Cúmplase. Líbrese oficio.
Dada, firmada y sellada en el Despacho Judicial a cargo del Juez Unipersonal No. II de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda Extensión Barlovento. En Guatire, 22/06/2009. Años: 199º de la Independencia y 150º de la Federación.
EL JUEZ
Abg. HELIO ANTONIO REQUENA BANDRES.
EL (A) SECRETARIO (A).
En horas de despacho del día de hoy, se publicó y registró la anterior decisión, déjese copia de la misma en el copiador de sentencias de este Tribunal.
EL (A) SECRETARIO (A).
EXP. Nº 02/2100
HARB/DE/Zunyin
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