REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. EXTENSIÓN BARLOVENTO
SALA DE JUICIO.
JUEZ UNIPERSONAL Nº II


Guatire, 25 de Junio de 2009.
199º y 150º

SOLICITANTES: YUSSEIDY CAROLINA RAMIREZ MONASTERIO y ZULAIDIS JOSEFINA MARIN VELIZ Titulares de la Cédula de Identidad Nº 15.199.789 y 14.494.693.
Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones y las justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Despacho Judicial a cargo del Juez Unipersonal II de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Extensión Barlovento, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la presente solicitud, en consecuencia y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, decreta como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano WLADIMIR FRANCISCO CARABALLO SANABRIA, quien en vida era titular de la cédula de identidad Nº 17.457.176, quien falleció el 02-11-2008 en Hospital Domingo Luciani a consecuencia de: Hemorragia Interna, Herida por Arma de Fuego, tal como consta de la partida de defunción expedida por el Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Miranda, acta Nº 2511 registrada en fecha 05/11/2008, a sus hijos a sus hijos los niños (IDENTIDAD OMITIDA) nacido en el Seguro Social de Guarenas, de acuerdo a la partida de nacimiento Nº 111, expedida por el Registrador Civil del Municipio Autónomo Ambrosio Plaza del Estado Miranda, registrada en fecha 06-05-1994, (IDENTIDAD OMITIDA) nacida en la Maternidad Concepción Palacios, de acuerdo a la partida de nacimiento Nº 392, expedida por la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Plaza del Estado Miranda, registrada en fecha 06-02-2001. Devuélvase todo origina.
Regístrese y Publíquese incluso en la página Web suprimiéndose el nombre de los niños, niñas y adolescentes de autos el cual será sustituido por la palabra IDENTIDAD OMITIDA y déjese Copia Certificada. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en el Despacho Judicial a cargo del Juez Unipersonal N° II de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento. Guatire, al 25 día del mes de Junio del año dos mil nueve (2009). Años 199º de la Independencia y 150º de la Federación
EL JUEZ TITULAR ABG. HELIO ANTONIO REQUENA BANDRES.

LA SECRETARIA TITULAR.

ABG. DAYANA ESTABA.



HARB/ Zunyin
EXP Nº S-09/9374
Título de únicos y universales herederos.