REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN LA CIUDAD DE LOS TEQUES

AÑOS 199° Y 150°

LOS TEQUES, QUINCE (15) DE JUNIO DE 2009

ACTA DE INHIBICIÓN

Por cuanto nuestro ordenamiento jurídico establece cuando procede la declaratoria de inhibición por un Juez, a los efectos de separarse para no seguir conociendo de una causa, privando para ello, el hecho de su convicción sobre la existencia de una causa legal que constituye una de las causales establecidas en la Ley, previstas en las disposiciones contenidas en el artículo 31 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con las normas previstas en el artículo 32 eiusdem; estando obligado de acuerdo a su conciencia y recto proceder a declararla, sin esperar a que se le recuse o le sea solicitada por una de las partes que lo haga. En tal forma, en la presente causa, donde actúa el abogado MANUEL ALEJANDRO FUENTES, inscrito en el I.P.S.A. bajo el número 103.305, con carácter de apoderado judicial del ciudadano RAMOS MORANTE DARWIN DERBYS, titular de la cédula de identidad número V-11.042.038, parte accionante en la causa seguida contra la empresa CELULAR LACH, C.A. por COBRO PRESTACIONES SOCIALES; por cuanto fue dictada Sentencia por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de esta Circunscripción Judicial y sede en fecha trece (13) de mayo del año dos mil nueve (2.009) en la causa signada con el Nº 1487-09 juicio interpuesto por el ciudadano FRANCISCO JAVIER GARCÍA BRACAMONTE contra la empresa HACIENDA FRESCA FLOR, C.A., que declaró la procedencia de mi inhibición bajo la Presidencia Juez Dr. Adolfo Hamdan González, por estar incursa en la causal de numero 4 del articulo 31 de la Ley Orgánica procesal del Trabajo; en consecuencia y de acuerdo con dicha decisión me inhibo de conocer la presente causa que cursa bajo el expediente Nº 2071-08 nomenclatura de este Tribunal y se ordena oficiar a la Unidad de Recepción y Distribución de Documento de este Circuito Judicial y sede, a los fines que distribuya el mismo al Juzgado de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo que resulte seleccionado mediante el mecanismo de sorteo para conocer dicha causa. Asimismo se ordena agregar al presente expediente copia de la decisión antes mencionada. Librese Oficio y remítase a la referida Unidad de Recepción y Distribución de Documento. CÚMPLASE.-

MARIA DE LOURDES FARIA MARCANO
LA JUEZ
KELLY ALEJANDRA SÁNCHEZ ACEVEDO LA SECRETARIA
EXP Nº 2071-08
MDLFM/KSA