REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 23 de marzo de 2009
198° y 150°
Vistas las actuaciones provenientes del Juzgado Distribuidor y los recaudos que la acompañan, en especial la evacuación de testigos de los ciudadanos CARLOS EILOGIO MOSQUERA CASTELLANOS y WILFREDO JAVIER MENDOZA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de Identidad Nº V-2.143.594 y 6.837.268, respectivamente, levantada por la Notaria Pública de los Municipios Brión y Buróz del Estado Miranda, relacionados con la solicitud, presentada por las ciudadanas JUANA SABINA GUARACO DE SERRANO e INGRID NAYIVY SERRANO GUARACO, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de las ciudadanas JUANA SABINA GUARACO DE SERRANO e INGRID NAYIVY SERRANO GUARACO, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros V-5.299.439 y V-12.826.001, respectivamente, sobre las mejoras y bienhechurías, construidas sobre un terreno de propiedad del Municipio Eulalia Buróz del Estado Miranda, el cual se encuentra ubicado en la Calle Eulalia Buróz, frente a la Plaza Los Leones, Mamporal del Estado Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones a las promoventes, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el abogado Miguel González López, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 59.321. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZ TITULAR,

ELSY MADRIZ QUIROZ
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

JENNY GONZALEZ

En la misma fecha se devuelven originales con sus resultas a la parte interesada.

LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

EMQ/jcda
EXP. No. 46.858