REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Los Teques, 23 de marzo de 2009
198º y 150º
Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicios de los derechos de terceros, y en virtud de lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suficiente bastante para asegurar los derechos que tenga YOLIMAR LONGA, venezolana, mayor de edad titular de la Cédula de Identidad Nº 12.533.598, en la sucesión de la De-cujus CARMEN UVENCIA LONGA, quien falleció ab-intestato, en fecha 17 de diciembre de 2008, en la población de Curiepe, Municipio Brión del Estado Miranda. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones a los promoventes, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la abogada ANTONINA WORWA SZELEST, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 25.353. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZ TITULAR,
ELSY MADRIZ QUIROZ
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
JENNY GONZALEZ
En la misma fecha se devuelven originales con sus resultas al interesado.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
EMQ/jBacallado
Exp. N° 46.957
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