SAN CRISTOBAL, 31 DE MARZO DE 2009,
198° Y 150°
CAUSA PENAL: 2C-9350-09
Visto el escrito presentado por la Abogada KHARINA ANJANETH HERNANDEZ CANDIALES, Fiscal Auxiliar Tercera en colaboración con la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, quien solicita el SOBRESEIMIENTO de la presente causa donde figuran como imputado JOSE CRISTOBAL PEREZ, venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N° V-9.354.808, residenciado en la antigua calle N° 1, casa N° 3-54 de Táriba, Estado Táchira, por la comisión del delito de LESIONES, en perjuicio de MIGUEL ARMANDO CASTRO PATIÑO, venezolana, Titular de la Cédula de Identidad N° V-10.147.663, residenciado Táriba, calle 4, Estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, el Tribunal para decidir observa:
En fecha 01 de Mayo del 2.007, funcionarios policiales visualizaron a dos ciudadanos quienes se encontraban forcejeando informando uno de ellos que había sido agredido en el brazo por el otro ciudadano con un pico de botella el ciudadano agredido quedo identificado como: MIGUEL ARMANDO CASTRO PATIÑO, venezolana, Titular de la Cédula de Identidad N° V-10.147.663, residenciado Táriba, calle 4, Estado Táchira by el presunto agresor como: JOSE CRISTOBAL PEREZ, venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N° V-9.354.808, residenciado en la antigua calle N° 1, casa N° 3-54 de Táriba, Estado Táchira.
Como diligencias de investigación corre en autos:
• Acta Policial de fecha 01 de mayo del 2.007, realizada por funcionarios policiales adscritos a la Policia del Estado Táchira.
• Denuncia S/N de fecha 01/05/2007, interpuesta por el ciudadano MIGUEL ARMANDO CASTRO PATIÑO, venezolana, Titular de la Cédula de Identidad N° V-10.147.663, residenciado Táriba, calle 4, Estado Táchira.
• Reconocimiento N° 15316 de fecha 21 de Agosto del 2.007 suscrito por el medico forense adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas en el que deja constancia que el ciudadano MIGUEL ARMANDO CASTRO PATIÑO, venezolana, Titular de la Cédula de Identidad N° V-10.147.663, residenciado Táriba, calle 4, Estado Táchira, no se presento ante dicha dependencia a los fines de realizarse el examen respectivo
Ahora bien, analizadas las actas que conforman la presente causa de las mismas no se desprenden suficientes elementos de convicción que permitan establecer la identidad y el grado de participación de persona alguna en los hechos que la Fiscalía califica como LESIONES y tomando en consideración por el tiempo transcurrido desde la fecha en que sucedieron los hechos que no hay la posibilidad de incorporar nuevos elementos con los que se pueda establecer el grado de participación y la identidad de determinada persona en los hechos antes narrados, el Tribunal considera procedente declarar el Sobreseimiento de la causa de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal y así decide:
POR LOS RAZONAMIENTOS ANTES EXPUESTOS ESTE TRIBUNAL SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa donde figuran como imputado JOSE CRISTOBAL PEREZ, venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N° V-9.354.808, residenciado en la antigua calle N° 1, casa N° 3-54 de Táriba, Estado Táchira, por la comisión del delito de LESIONES, en perjuicio de MIGUEL ARMANDO CASTRO PATIÑO, venezolana, Titular de la Cédula de Identidad N° V-10.147.663, residenciado Táriba, calle 4, Estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Déjese copia, notifíquese a las partes y remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial.
EL JUEZ SEGUNDO DE CONTROL.
ABG. JOSE HUMBERTO CACERES MALDONADO
EL (LA) SECRETARIO (A),
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