REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 26 de Marzo del 2009
198º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2009-000875
ASUNTO : SP11-P-2009-000875
Visto el escrito presentado por los Abogados HENRY ALEXANDER FLORES y YOLANDA ELENA PARADA, Fiscal (P) y (A) de la Fiscalía 25 del Ministerio Público de Circunscripción Judicial del Estado Táchira, quien solicita el SOBRESEIMIENTO de la presente causa donde figura como imputado ANGEL MARINA SERRANO BECERRA por la presunta comisión del delito de CONTRA LAS PERSONAS, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, el Tribunal para decidir observa:
En fecha 01-11-2008 de dio inicio en virtud del acta suscrita por funcionario del Puesto de Transito y Transporte Terrestre de Rubio ; Como consecuencia del procedimiento se dio inicio a la Investigación cuyas actas conforman el presente expediente.
En el curso de la investigación se practicaron las siguientes diligencias, tendentes al esclarecimiento de los hechos:
1. Corre Inserta Acta de Investigación Penal al folio 1 de las actuaciones
2. Revisión mécanica de os vehiculos
3. Reconocimiento Médico Legal N° 117-07 de fecha 29-01-2009
4.
Analizadas las actas que conforman la presente causa el Tribunal observa que no constan actuaciones que permitan establecer que estamos frente a la comisión de un hecho punible, por lo que, los hechos contenidos en esta causa no son típicos, ya que los mismos no pueden encuadrarse en alguna de las figuras señaladas en el Código Penal o en la Leyes Penales Especiales como Delitos, razón por la cual el Tribunal considera procedente decretar el Sobreseimiento de la presente causa de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, siendo innecesaria la convocatoria de la Audiencia prevista en el Articulo 323 eiusdem. Y así decide:
Por los razonamientos antes expuestos este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL EXTENSIÓN SAN ANTONIO EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY decreta EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa donde figura como imputado PERSONAS POR IDENTIFICAR por la presunta comisión del delito de CONTRABANDO DE EXTRACCION, previsto y sancionado en el artículo 2 de La Ley de Contrabando, en perjuicio de ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Déjese copia, notifíquese a las partes y remítanse las presentes actuaciones al Archivo
EL JUEZ TERCERO DE CONTROL
ABG. RUBEN ANTONIO BELANDRIA PERNIA
LA SECRETARIA