REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON
SEDE EN GUARENAS

Guarenas, 09 de Marzo de 2009
Años 198° y 150°


Vista la diligencia de fecha 06 de Marzo de 2009, cursante al folio 63 del expediente, suscrita por el abogado en ejercicio FRANCISCO OLIVO LOPEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 45.329, actuando en su carácter de apoderado judicial de la demandada, Sociedad Mercantil COMERCIALIZADORA ROMHER CARACAS C.A., mediante la cual en nombre de su representada conviene en la demanda incoada por el actor que asciende a la cantidad de CUATRO MIL SEISCIENTOS DOCE BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 4..612,00) que comprende los conceptos por: Prestación de Antigüedad, Vacaciones Fraccionadas, Bono Vacacional Fraccionado, Utilidades, indemnizaciones estipuladas en el artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo y Salarios Caídos, y la cantidad de TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 388,00) por concepto de intereses, por ello consigna cheque N° S-92-31008778, girado contra la cuenta N° 0102-0166-71-0000011219 del Banco Venezuela, por la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 5000,00), a favor del ciudadano WILMER PARRA, parte actora. Al respecto, este Juzgado observa que: (i) Mediante auto de fecha 09-03-2009, cursante al folio 65 del expediente, se ordenó remitir el supramencionado cheque a la Oficina de Control de Consignaciones de este Circuito Judicial del Trabajo a los fines de la apertura de una cuenta de ahorro, mediante oficio N° T-4° 659-09. (ii) El diligenciante tiene facultad para convenir en nombre de la demandada, tal y como se desprende del poder conferido por ésta, cursante a los folios 39 y 40 del presente expediente. En consecuencia, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO expresado por la parte demandada, por considerarlo ajustado a derecho, y con los efectos de cosa juzgada de conformidad con lo establecido en el 263 del Código de Procedimiento Civil. Todo ello, en el juicio que por PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS LABORALES incoado por el ciudadano WILMER ALBERTO PARRA CEBALLOS contra COMERCIALIZADORA ROMHER CARACAS, C.A.
Déjese copia certificada y publíquese la presente decisión en la página WEB del Tribunal Supremo de Justicia en el site denominado Región Miranda.

LA JUEZ


Abg. MARÍA NATALIA PEREIRA.-


Abg. JULIO BORGES


EL SECRETARIO ACCIDENTAL



En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado



EL SECRETARIO ACCIDENTAL


Abg. JULIO BORGES



Expediente N° 2890-08
MNP/JB/ja