REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES
Los Teques, 10 de Marzo de 2009
197° y 149°
Causa N° 3C-5210/08
Juez: Dra. Rosa Elena Rael Mendoza.-
Fiscal Décimo Noveno del Ministerio Público: Dra. Rosa Mornaghino.-
Defensor Público Penal: Dra. Francia Coello.-
Imputado (s): Romy Wusmwedy Aponte Peñalver.
Secretaria: Abg. Alma Monsalve.-
Delito: Ley Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.-
DECISIÓN:
Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE LA FIJACIÓN DE PLAZO PRUDENCIAL de la causa signada con el N° 3C-5210/08, seguida en contra del ciudadano Romy Wusmwedy Aponte Peñalver, de conformidad con lo establecido en los artículos 24, 26 y 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo establecido en los artículos 1, 11, 12 y 313 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Notifíquense a las partes conforme al contenido del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.
En el caso del ciudadano Romy Wusmwedy Aponte Peñalver, se ordena publicar en cartelera la respectiva boleta; de conformidad con lo establecido en el único aparte del artículo 181 ejusdem.-
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de la presente decisión.-
La Juez de Control N° 3
Dra. Rosa Elena Rael Mendoza La Secretaria
Abg. Alma Monsalve
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Así lo certifico.-
La Secretaria
Abg. Alma Monsalve
Causa: 3C-5210/08
RER/RA/rer