REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES
Los Teques, 11 de Marzo de 2009.
197° y 148°
Causa N° 3C-5172-08
Juez: Dra. ROSA ELENA RAEL MENDOZA
Secretaria: Abg. ALMA AKILEYA MONSALVE
Fiscal Auxiliar Tercero del Ministerio Público: DRA. Ruth Yolanda Araujo
Imputado: PARICIO RODRIGUEZ OSWALDO ENRIQUE, titular de la cédula de identidad N° V-14.354.670
Delito: Soborno
DECISIÓN:
Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, Declara Con Lugar la solicitud interpuesta por a el Dr. Héctor Villegas en su condición de Defensor Público del ciudadano OSWALDO ENRIQUE APARICIO; y en consecuencia, se declara el cese la medida cautelar establecida en el artículo 256, numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, impuesta al imputado OSWALDO ENRIQUE APARICIO, titular de la cedula de identidad No. V-14.354.670; quedando en consecuencia el ciudadano: OSWALDO ENRIQUE APARICIO, en libertad plena; de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y 264 de la norma adjetiva Penal; en concordancia con lo previsto en el artículo 49 numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Notifíquense a las partes con boleta, de conformidad con lo dispuesto en el encabezamiento del artículo 175 del texto adjetivo penal.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada. Cúmplase.-
LA JUEZ DE CONTROL N° 3
DRA. ROSA ELENA RAEL MENDOZA
LA SECRETARIA,
Abg. ALMA AKILEYA MONSALVE
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado. Y así lo certifico
LA SECRETARIA,
Abg. ALMA AKILEYA MONSALVE
Causa N° 3C-5172-08
RER/rer