REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE EJECUCIÓN LOS TEQUES

Los Teques, 11 de Marzo de 2009
198° y 150°

CAUSA: 4E- 3024/05

JUEZ: DRA. NANCY MARINA BASTIDAS, Juez de Primera Instancia en Lo Penal en Función de Ejecución N° 04 de este Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques

SECRETARIO: ABG. FRANCISCO DELGADO, adscrito al Pool de Secretario de este Circuito Judicial Penal, con sede en Los Teques

, titular de la Cédula de Identidad N° 06.968.129, de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 14/07/1967, de estado civil: soltero, residenciado: Kilometro 26 de la Panamericana, Casa s/n, Los Teques, Estado Miranda, teléfono: 0212-323.67.78.

DEFENSOR PUBLICO PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIOÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.

FISCAL: DR. GABINO ENRIQUE QUERALES VILORIA,/ DEFENSA: DR. REINALDO ARIAS MACHADO,/ PENADO: CARLOS ENRIQUE ARRAIZ Fiscal Décimo del Ministerio Público en materia de Ejecución de Sentencias de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.


Visto el escrito interpuesto por el DR, REINALDO ARIAS MACHADO, en su carácter de Defensor Público Penal del CARLOS ENRIQUE ARRAIZ, titular de la Cédula de Identidad N° 06.968.129, mediante el cual solicita se estudie la posibilidad de extender el régimen de presentaciones impuesto a su defendido, a cada treinta (30) días; este Tribunal para decidir observa:

El penado CARLOS ENRIQUE ARRAIZ, titular de la Cédula de Identidad N° 06.968.129, fue condenado en fecha 28/02/2005, por el Tribunal de Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal, del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, por encontrarlo culpable de la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal, así como al cumplimiento de las penas accesorias contempladas en el artículo 13 del Código Penal.

En fecha 10/08/2007 este Tribunal Ejecutó la referida sentencia y estableció la fecha en las cuales el penado CARLOS ENRIQUE ARRAIZ, titular de la Cédula de Identidad N° 06.968.129, podría disfrutar los beneficios de ley.

En fecha 18/09/2008 este Tribunal otorgó al penado CARLOS ENRIQUE ARRAIZ, titular de la Cédula de Identidad N° 06.968.129, la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena denominada RÉGIMEN ABIERTO.

Ahora Bien, de la revisión efectuada en la presente causa, se evidencia al folio ciento cuarenta (140) de la presente pieza certificación emitida por el secretario de este Tribunal donde deja constancia que el penado CARLOS ENRIQUE ARRAIZ, titular de la Cédula de Identidad N° 06.968.129, cumple el régimen de presentación estrictamente con una frecuencia de cada QUINCE (15) DIAS. Por tales razones este Tribunal ACUERDA EXTENDER EL RÉGIMEN DE PRESENTACIONES, que fue impuesto al penado CARLOS ENRIQUE ARRAIZ, titular de la Cédula de Identidad N° 06.968.129, en tal sentido el referido ciudadano deberá presentarse ante este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución N° 04 cada TREINTA (30) DÍAS, específicamente los días miércoles. Y ASÍ SE DECIDE.

Se ordena estampar, por tanto, nota secretarial correspondiente indicativa de la presente decisión en el folio ciento cuarenta y siete (147) del Libro de presentaciones a fin de continuar el penado CARLOS ENRIQUE ARRAIZ, titular de la Cédula de Identidad N° 06.968.129, sus presentaciones en los nuevos términos precisados.

DISPOSITIVA
Por las razones expuestas este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución N° 04 de este Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ACUERDA EXTENDER EL RÉGIMEN DE PRESENTACIONES, que fue impuesto al penado CARLOS ENRIQUE ARRAIZ, titular de la Cédula de Identidad N° 06.968.129, en tal sentido el referido ciudadano deberá presentarse ante este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución N° 04 cada TREINTA (30) DÍAS, específicamente los días miércoles. Así mismo se ordena estampar, por tanto, nota secretarial correspondiente indicativa de la presente decisión en el folio ciento cuarenta y siete (147) del Libro de presentaciones a fin de continuar el penado CARLOS ENRIQUE ARRAIZ, titular de la Cédula de Identidad N° 06.968.129, sus presentaciones en los nuevos términos precisados

Diaricese, Publíquese, Notifíquese a las partes, y cítese al penado. CUMPLASE.
LA JUEZA DEL TRIBUNAL CUARTO DE EJECUCIÓN

DRA. NANCY MARINA BASTIDAS

EL SECRETARIO

ABG. FRANCISCO DELGADO

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado

EL SECRETARIO

ABG. FRANCISCO DELGADO


Cuasa: 4E3024/05
NMB/