REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES
JUEZ Nº 2
Los Teques, 13 de Marzo del 2009
198 y 149
“Visto”
Las actuaciones que integran el presente expediente, interpuesta por LUDOVINA RODRIGUES AFONSO, portuguesa, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº E-81.851.628, debidamente asistida de abogado, con motivo de Curador Especial, en beneficio de su hijo, Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la LOPNA , en especial la comparecencia que antecede, inserta al folio Nº catorce (14) del presente expediente, mediante la cual, el Curador propuesto, ciudadano FRANCISCO DE CAMARA DELGADO, venezolano, de cuarenta y cinco (45) años de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-6.140.644, acepta el cargo planteado, y llenos como se encuentran todos los extremos de Ley, es por lo que esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, en la persona de su Juez Nº 2, Dr. Rocco Otello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el Artículo 270 del Código Civil Venezolano vigente, Guamito, Las Dalias, entre vista hermosa y San Homero, jurisdicción del estado Bolivariano de Miranda. Y ASÍ SE DECIDE.
Devuélvanse los originales que la par DISCIERNE el Cargo de CURADOR ESPECIAL del adolescente Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la LOPNA , en la persona del ciudadano FRANCISCO DE CAMARA DELGADO, venezolano, de cuarenta y cinco (45) años de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-6.140.644, quedando este conminado a asistir y velar por los derechos del referido adolescente en lo que respecta un bien inmueble conformado por un terreno y una casa ubicados en el sector Vía Lagunetica, carretera Principal, hacienda el te interesada requiera, dejándose Copia Certificada insertas en autos, previa constancia de las mismas en el Libro Diario llevado por esta Sala de Juicio.-Cúmplase.-
EL JUEZ
DR. ROCCO OTELLO
LA SECRETARIA
ABG. BEATRIZ CAROLINA GIRON
Expediente Nº. S-11049
Motivo: Curador especial
RO/BCG/iddgr-
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