REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sala de Juicio
Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Estado Miranda
Extensión Barlovento. Juez Unipersonal N° I



Guatire, 16 de marzo del 2009
198º y 150º



PARTES: LISBETH NOHEMI VILLARROEL SEQUERA y JESUS MARIA SALAAR MONSALVE venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nro. 11.559.716 y 6.434.683 respectivamente.

Vistas las anteriores actuaciones y por cuanto el presente asunto se inició en fecha 17 de Septiembre del año 2008, en virtud de la solicitud que por motivo de OBLIGACION DE MANUTENCION, fue interpuesta por ante este Despacho Judicial, por la ciudadana antes mencionada, este Tribunal observa, la diligencia suscrita por la ciudadana LILIANA MOLINA en su carácter defensor Publico segunda del sistema de protección de Niño Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual consigna copias del acuerdo de obligación de manutención suscrito por los mismas parte incursa en la presente causa, el cual fue homologado por el Juez Unipersonal Nro. 2 adscrito a este Tribunal, en fecha 05 de febrero del 2009, por lo que solicita el cierre del presente expediente por cuanto el objetivo se logró mediante conciliación y se homologo adquiriendo fuerza definitiva, en consecuencia, lo procedente y ajustado a derecho en este caso es DECLARAR TERMINADO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO, Y EN CONSECUENCIA SE ORDENA EL CIERRE DE LA PRESENTE CAUSA Y LA REMISIÒN DEL PRESENTE EXPEDIENTE AL DEPOSITO DE ARCHIVO JUDICIAL DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA REGIÓN MIRANDA para su resguardo. Y ASÍ SE DECIDE. Regístrese y Publíquese la presente decisión y publíquese en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia. Cúmplase.
LA JUEZ UNIPERSONAL Nº 1.


DRA. LETICIA MORILLO MOROS

EL (A) SECRETARIO (A)



EXP. Nº. 08-9569
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