JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.

Los Teques, 11 de mayo de 2009
199° y 150°

Vistas las actuaciones provenientes del Juzgado Distribuidor y los recaudos que la acompañan, en especial la evacuación de testigos de los ciudadanos JESÚS MARÍA VERA y YAMILET DEL CÁRMEN LAYA FURI, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.979.203 y V-20.278.678, respectivamente, relacionados con la solicitud, presentada por la ciudadana CÁRMEN MARÍA LEÓN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.800.446. Este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS SUFICIENTE Y BASTANTE del ciudadano MARCO ANTONIO DELGADO LEÓN (fallecido en fecha veintinueve (29) de octubre de 2008), a favor de la ciudadana CÁRMEN MARÍA LEÓN supra identificada, quedando a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el abogado Víctor Rafael Guillen, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 73.448. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.-
LA JUEZA TITULAR,


ELSY MADRIZ QUIROZ
LA SECRETARIA,

RUTH GUERRA.



En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.

LA SECRETARIA,

EMQ*Wdrr.-
Exp. N° 46955