JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 12 de mayo de 2009
199° y 150°
Vistas las actuaciones provenientes del Juzgado Distribuidor y los recaudos que la acompañan, en especial la evacuación de testigos de las ciudadanas MARÍA EDECIA AÑANGUREN y OSCAR ALI MALDONADO RAMÍREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de Identidad Nos. V-6.090.024 y V-1.024.962, respectivamente, levantada ante el Juzgado de los Municipios Brión y Eulalia Buróz de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, relacionados con la solicitud, presentada por la ciudadana ROSA ELENA RODRÍGUEZ NAVAS, suficientemente identificada, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de ciudadana ROSA ELENA RODRÍGUEZ NAVAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-6.032.320, sobre las mejoras y bienhechurías, construidas sobre un Terreno Propiedad Municipal, ubicado en el Sector Ñorrito, Mamporal, Municipio Brión del Estado Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la abogada ELIANA BENCOMO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 116.457. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal
LA JUEZA, TITULAR
ELSY MADRIZ QUIROZ
LA SECRETARIA,
RUTH GUERRA MONTAÑEZ
En la misma fecha se devuelven originales con sus resultas al interesado.
LA SECRETARIA,
EMQ/lisbeth
EXP. N° 46824
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