REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Los Teques, 21 de mayo de 2009.
199º y 150º
Visto el escrito de promoción de pruebas presentado por el abogado RAÚL ÁLVAREZ PALACIO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.368, actuando en este acto en nombre y representación de la ciudadana GLORÍA ESPERANZA VÁSQUEZ, este Tribunal en cuanto a las pruebas documentales promovidas en el Capítulo Segundo del referido escrito, por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente, se admite cuanto a lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. En relación a las Pruebas de Posiciones Juradas contenidas en el Capítulo Cuarto del referido escrito se fijan las 10:00 a.m., de la mañana del segundo día de despacho siguientes a que conste en autos la citación de la parte demandada, ciudadano HÉCTOR ORLANDO SIERRA VÁSQUEZ, para que comparezca por ante este Tribunal a absolver las posiciones juradas que le formulara la parte actora, y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 406 del Código de Procedimiento Civil, se fijan las 10:00 a.m., de la mañana del primer día de despacho siguiente de concluido el acto de las posiciones juradas de la parte demandada, para que la parte actora, ciudadana GLORIA ESPERANZA VÁSQUEZ, absuelva las posiciones juradas que le serán formuladas por la contra parte. Por cuanto la parte demandada tiene su domicilio en el Municipio Carrizal se exhorta al Juzgado de Municipio del Municipio Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, a fin de que el Alguacil de dicho Juzgado practique la citación de la parte demandada en referencia. Líbrese boleta, oficio y exhorto.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
TERESA HERRERA ALMEIDA
LA SECRETARIA,
LESBIA MONCADA de PICCA
THA/LMdeP/Máximo
Exp. N° 09-8256