JUZGADO DEL MUNICIPIO URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

CÚA, DOCE (12) DE MAYODE DOS MIL NUEVE (2009)
199° y 150°

En virtud a la RESOLUCIÓN N° 2009-0006 Dada, firmada y sellada en el Salón de Sesiones del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los dieciocho (18) días del mes de marzo de dos mil nueve (2009), años 198° de la Independencia y 149° de la Federación, debidamente publicada en Gaceta Oficial. Este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil. Declara dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de los ciudadanos BELLA ARCENIA MENDEZ DE MALDONADO y RICHARD JESUS MARTINEZ ROJAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad N° V-4.265.283 y V-10.549.484, respectivamente Sobre unas bienhechurías construidas en un terreno propiedad del INTI, ubicado en la Urbanización Antonio José de Sucre, Sector Mume, Letra O, del Municipio Urdaneta, del Estado Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, la cual fue redactada por la Abogada en ejercicio ROSA BLANCO RIVERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 23.648. Se ordena la devolución de las presentes actuaciones a la parte solicitante, previa constancia en el Libro Diario llevado por éste Tribunal.-

La Juez.



Dra. Josefina Gutiérrez


La Secretaria,


Abg. Llasmil Colmenares V.


En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-



La Secretaria,


Abg. Llasmil Colmenares V.


JG/heiser
Solicitud N° T.S-1912-09