JUZGADO DEL MUNICIPIO URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
CÚA, VEINTISEIS (26) DE MAYODE DOS MIL NUEVE (2009)
199° y 150°
En virtud de la RESOLUCIÓN N° 2009-0006. Debidamente publicada en Gaceta Oficial N° 39.152, en fecha 02-04-2009, y vista las Actuaciones que anteceden. Este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil. Declara dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de al ciudadano NELSON ANDRES ZAMBRANO REQUENA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de las Cédula de Identidad N° V-5.888.190, Sobre unas bienhechurias construidas en un terreno de su única y exclusiva Propiedad, ubicada en el Parcelamiento Estancias La Morita, Parcela N° 260, Carretera Nacional Cúa-Charallave, Sector Quebrada de Cúa, Municipio Urdaneta, del Estado Miranda. Cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, la cual fue redactada por el Abogado en ejercicio CARLOS NUÑEZ, inscrito en el I.P.S.A, bajo el N° 25.099. Se ordena la devolución de las presentes actuaciones a la parte solicitante, previa constancia en el Libro Diario llevado por éste Tribunal.-
La Juez.
Dra. Josefina Gutiérrez
El Secretario ACC.
Cesar Rafael Moreno Moreno
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-
El Secretario ACC.
Cesar Rafael Moreno Moreno
JG/heiser
Solicitud N° T.S-1921-09
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