REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 20 de Mayo de 2009
199° y 150°
Vistas las actuaciones que anteceden presentadas por la ciudadana LIGIA NARANJO DE JIMÉNEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-5.026.180; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana LIGIA NARANJO DE JIMÉNEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-5.026.180, sobre las mejoras y bienhechurias construidas sobre un lote de terreno Propiedad Municipal, ubicado en El Vigía, Calle La Francesa, Callejón Calderón, Casa N° 34, Parroquia Los Teques, Jurisdicción del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud, quedando a salvo los derechos de cualquier tercero que pudiera verse afectado por la presente declaración. Devuélvanse en original las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual fue redactada por el Abogado ELVIS RAMÓN PARRA SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 126.517, en su carácter de Sindico Procurador Municipal del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda. Igualmente se ordena el desglose de los originales del Plano del Levantamiento Topográfico y del Plano de Construcción, cursante a los folios 09 y 10, y entrega de los mismos a la parte solicitante. Por cuanto se produjo una modificación en la foliatura, se ordena corregirla de conformidad con lo establecido en el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ TITULAR
DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. SOL SCARLET DÍAZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. SOL SCARLET DÍAZ
S-N° 0663/2009
JVA/ssd/jj.-
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