En el día de hoy, martes diecinueve de mayo de dos mil nueve, siendo las 9:30 de la mañana, se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con el abogado en ejercicio CARLOS JULIO PERNÍA DUQUE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 58.431, quien actúa con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, ciudadana: AUSTRYBETH BOADA ALVAREZ, è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Inmueble tipo Quinta de dos plantas, ubicado en la Avenida Rotaria, Sector Alianza, Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la practica de la medida de ENTREGA DE INMUEBLE decretada en el JUICIO que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO POR VENCIMIENTO DE LA PRORROGA LEGAL se sigue CONTRA JOAQUIN DE JESÚS PORRAS MOLINA, en el expediente Nº 11.542-08 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial Cabo 1° CHARLES VICTOR MORA DÍAZ, placa 1439. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente, y cede el derecho de palabra a la parte actora, quien expuso: “Informo a la ciudadana Jueza Ejecutor de Medidas que la parte demandada desocupó el presente inmueble é hizo entrega de las llaves del mismo, en tal virtud solicito se proceda en este acto a la entrega formal de dicho inmueble, es todo”. El Tribunal visto lo expuesto por la parte actora procedió a ingresar al inmueble, el cual se observa totalmente libre de personas, bienes y cosas, y en regular estado de conservación. En este estado el Tribunal hace entrega formal del inmueble al Abogado en ejercicio CARLOS JULIO PERNÍA DUQUE, ya identificado, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, quien lo recibe conforme y en las condiciones en que se encuentra. Es todo. No siendo mas el Tribunal concluye el acto a las 10:40 a.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA TITULAR,
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ.
LA PARTE ACTORA,
ABG. CARLOS JULIO PERNIA DUQUE
EL FUNCIONARIO POLICIAL,
Cabo 1° CHARLES VICTOR MORA DÍAZ
LA SECRETARIA,
HAYDEÉ SOCORRO MORENO.
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