REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE
SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Guarenas, 15 de mayo de 2009.
Años 199° y 150°
Vista la diligencia de fecha 14 de mayo de 2.009, cursante al folio 29 del presente expediente, suscrita por la abogada NATALIA PEREZ, venezolana, mayor de edad e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 115.641, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, donde en nombre de su mandante Desistió del procedimiento y consigno la diligencia suscrita por la parte actora desistiendo del procedimiento por ante la Procuraduría del Trabajadores con sede en Higuerote, en virtud de que la empresa demandada le canceló la cantidad reclamada, en consecuencia, este Tribunal HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO en los términos allí expuestos por considerarlo ajustado a derecho y dándole efectos de Cosa Juzgada. Así se decide.
Todo ello en el juicio que por PRESTACIONES SOCIALES incoara el ciudadano NELSON RAFAEL LA ROSA ORTIZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° 8.233.616, contra la ASOCIACION CIVIL DE PROPIETARIOS DE INMUEBLES DE BOSQUE MAR (ASOPROINBOSMAR).
LA JUEZ
Dra. NORKYS SOLORZANO Q.-
LA SECRETARIA
Abog. CARIDAD GALINDO.-
Expediente N° 2869-08.
NSQ/hu.
|