REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL EXTENSIÓN BARLOVENTO
CAUSA N° 1E-465-06
JUEZ: ROGER ABEL USECHE ALVAREZ.
SECRETARIA: YADIRA HENRIQUEZ MACHADO.
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
SANCIONAD0: IDENTIDAD OMITIDA
VICTIMA: IDENTIDADES OMITIDAS
FISCAL: Dr. OMAR FRANCISCO JIMENEZ, Fiscal Décimo Octavo Especializado del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Miranda.
DEFENSA: Dr. RAMON PASTOR CHAVEZ
Vistas y analizadas como han sido las actas que conforman el presente expediente llevado al joven IDENTIDAD OMITIDA Procede este Juzgado a la revisión de las medidas LIBERTAD ASISTIDA E IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA que en fecha 16 de octubre del año dos mil Siete (2007) impusiera este Tribunal Primero de Ejecución de este Circuito Judicial Penal.
Ahora bien por cuanto en fechas 16 de octubre del año 2008 y 16 de abril del presente año se cumplió en su totalidad el lapso de cumplimiento de las medidas arriba indicadas y de acuerdo al auto del computo de fecha 16 de octubre de 2007 que corre inserta a los folios 158 al 161 de la Cuarta pieza del expediente se evidencia que ciertamente en las referidas fechas, se cumplió íntegramente la medida observa este Juzgador:
Por cuanto en las fechas arriba indicadas se cumplió en su totalidad el lapso para el cumplimiento de las medidas impuestas, que las medidas tienen un fin eminentemente educativo, que el Joven ha cumplido a cabalidad con su sanción, y de conformidad con lo establecido en el artículo 645 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes, este Tribunal ACUERDA DECRETAR EL CESE DE LAS MEDIDAS DE LIBERTAD ASISTIDA E IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA. ASÍ SE DECLARA.-
Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescente, con sede en Guarenas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA el CESE DE LAS MEDIDAS DE LIBERTAD ASISTIDA E IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA previstas en los artículos 620literales d y b de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, dictadas al Joven. IDENTIDAD OMITIDA y acuerda Su LIBERTAD PLENA. Notifíquese a las partes y remítase en su oportunidad al archivo judicial. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia del Juzgado de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescente, con sede en Guarenas, a los Cuatro (04) días del mes de mayo del año dos mil nueve (2.009). Año 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
EL JUEZ DE EJECUCION
DR. ROGER ABEL USECHE ALVAREZ
LA SECRETARIA
DRA. YADIRA HENRIQUEZ MACHADO
En ésta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
DRA. YADIRA HENRIQUEZ MACHADO
Act. 1E-465-06
RAUA/YHM.