REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Se declara sin lugar la solicitud realizada por la Abg. ARGENIA SANTOS, mediante el cual en su condición de defensora pública del imputado, ciudadano JAVIER ENRIQUE SALAZAR TOVAR; y se mantiene la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad decretada en contra del imputado, ciudadano JOSÉ ANGEL GARCIA PALMA, en audiencia celebrada en fecha 16 de noviembre de 2008, de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO y PORTE ILÍCITO DE ARMAS DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 406, numeral 1 y 277, respectivamente, ambos del Código Penal; en perjuicio del ciudadano JOSE GREGORIO CABRERA PÉREZ; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.

Notifíquese a las partes de la presente decisión y trasládese al imputado para el día 08 de abril de 2004, a los fines de imponerlo de la presente decisión. Líbrese oficio. Cúmplase.
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
DR. ADRIAN DARÌO GARCIA GUERRERO.

El SECRETARIO

Abg. JESÚS GAMBOA

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.


El SECRETARIO

Abg. JESÚS GAMBOA