REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES
JUEZ N° 2
Los Teques, 20 de Mayo de 2009
199° y 150°

Vista las actas que integran el presente expediente con motivo de Fijación de Obligación de Manutención, incoada por la abogada María Virgilia Fernández Colmenares, en su carácter de Fiscal Undécima del Ministerio Público, a requerimiento de la ciudadana MARÍA PERDOMO LEÓN, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.161.772; désele entrada y anótese en los Libros respectivos; ahora bien, por cuanto de la revisión del Inventario de Causas y Solicitudes bajo el conocimiento de este Tribunal; se detectó que existe una Causa con nomenclatura Nº 6873, con motivo de Separación de Cuerpos, cuyas partes son los ciudadanos MARÍA VERÓNICA PERDOMO LEÓN y CÉSAR AUGUSTO FEO MEZA, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-12.416.813 y V-12.161.772; y por cuanto en dicha sentencia se fijó la Obligación de Manutención en beneficio de la niña Identidad omitida en cumplimiento del art. 65 de la LOPNA, quien actualmente cuenta con diez (10) años de edad; en consecuencia, este Juez ORDENA el cierre y archivo del presente expediente, remitiendo sus actuaciones al Archivo Judicial para su resguardo, previa devolución de los originales, por cuanto no hay materia sobre la cual decidir; asimismo, SE ACUERDA incorporar a los autos copia certificada de la sentencia dictada en fecha 12/03/07, en la Causa Nº 6.873, con ocasión del divorcio. Conste.-
EL JUEZ




Dr. ROCCO OTELLO LA SECRETARIA



ABG. BEATRIZ CAROLINA GIRÓN

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el presente auto, consignándose copia certificada de la sentencia dictada por esta Sala de Juicio, en fecha 12/03/09.
LA SECRETARIA



ABG. BEATRIZ CAROLINA GIRÓN

Expediente N° 13323
Motivo: Fijación de Obligación de Manutención
RO/BCG/abr.-