REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Los Teques, 26 de noviembre de 2009
199° y 150°
Vistas las actuaciones provenientes del Juzgado Distribuidor y los recaudos que la acompañan, así como la Autorización Nro. O.T.M.R.T.T.U. N° 00072, expedida por la Oficina Técnica Municipal para la Regulación de la Tenencia de la Tierra Urbana, de fecha 03 de noviembre de 2009, relacionados con la solicitud, presentada por los ciudadanos ANA TERESA DE BRICEÑO y JOSÉ ONOFRE BRICEÑO BRICEÑO, suficientemente identificados; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos ANA TERESA DE BRICEÑO y JOSÉ ONOFRE BRICEÑO BRICEÑO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de Identidad Nros. V-4.771.436 y V-2.687.713 respectivamente, sobre las mejoras y bienhechurías, construidas sobre un lote de Terreno Propiedad de la Nación, ubicado en el Sector la Virgen de la Calle el Colegio, Lagunetica, Los Teques, Municipio Guaicaipuro, del Estado Bolivariano de Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el abogado OMAR RIVERO S., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 126.516. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZA TITULAR

ELSY MADRIZ QUIROZ
LA SECRETARIA

RUTH GUERRA MONTAÑEZ
En la misma fecha se devuelven originales con sus resultas al interesado.
LA SECRETARIA

EMQ/Yamilette.
EXP. N° 45.755