REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA


ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR EXP. N° 1039-09


JUEZ: Dra. JOSEFINA GUTIERREZ.
IMPUTADO: (IDENTIDAD PROTEGIDA).
VICTIMA: ESTRADA ROJAS MAIRY ZURILIS.
ACUSADOR: DR. CARLOS DAVID FLORES SANCHEZ. FISCAL AUXILIAR DECIMO SÉPTIMO DEL MINISTERIO PÚBLICO DE ESTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY.
DEFENSOR PÚBLICO: DR. JOSE GREGORIO FERRER. DEFENSOR PÚBLICO 2do DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DE ESTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL – EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.
SECRETARIA: Abg. LLASMIL TERESA COLMENARES VÁSQUEZ.


En el día de hoy, once (11) de noviembre de dos mil nueve (2009), siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 am), oportunidad legal fijada para la celebración de la AUDIENCIA PRELIMINAR, convocada por este Juzgado, actuando en función de Control de conformidad con las atribuciones que le confiere el artículo 666 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, con motivo de la acusación formulada por la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en contra del adolescente (IDENTIDAD PROTEGIDA), cuya defensa es ejercida por el Dr. JOSE GREGORIO FERRER, Defensor Público Segundo en Materia de Responsabilidad Penal del Adolescente adscrito a la Unidad de Defensa Pública del Estado Miranda – Extensión Valles del Tuy. La Acusación antes referida es por la imputación que hace la Fiscalía del Ministerio Público en contra del adolescente antes mencionado por la presunta comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON previsto en el artículo 456 del Código Penal. Estando presentes en este acto la ciudadana Juez Dra. JOSEFINA GUTIERREZ y la Secretaria ABG. LLASMIL COLMENARES VASQUEZ, se ordena verificar la presencia de las partes, dejando expresa constancia que se encuentran en este acto la Representación Fiscal en la persona del DR. CARLOS DAVID FLORES SÁNCHEZ, ut supra identificado, el adolescente (IDENTIDAD Y DATOS PROTEGIDOS)y su progenitora ciudadana CLEUDIS NAZARET ESCULPI MENDOZA, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.645.466, y la Defensa Pública representada por el Dr. JOSE GREGORIO FERRER. En este estado el Tribunal, con vista al escrito presentado por la Defensa Pública en el día de hoy, en el cual solicita se difiera esta Audiencia en razón a la falta de notificación de la presunta victima ciudadana ESTRADA ROJAS MAIRY ZURILVIS, y a objeto que se intente la conciliación y reparación integral del daño particular causado en la nueva oportunidad en que se fije la Audiencia preliminar; por cuanto tal pedimento lo ratifica a viva voz en el presente acto, no habiendo oposición alguna por parte de la Vindicta Pública al respecto, considera ajustado a derecho tal solicitud y por tanto se DIFIERE el acto de Audiencia Preliminar que debe llevarse a cabo en la presente causa, para el día jueves 03 de diciembre 2009 a las diez y treinta de la mañana (10:30 am). Se ordena notificar a la victima de lo aquí acordado. Las partes presentes en este acto, quedan igualmente notificadas del diferimiento acordado en esta fecha. Se declara cerrado el presente acto siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10:30 am). Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.



La Juez,


Dra. Josefina Gutiérrez.





El Adolescente,


(Identidad protegida).




El Fiscal del Ministerio Público, El Defensor Público,


Dr. Carlos David Flores. Dr. José Gregorio Ferrer.




La progenitora del adolescente,


Cleudis Nazaret Esculpi Mendoza.





La Secretaria,


Abg. Llasmil Colmenares Vásquez.