REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE





JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA


SOLICITUD N°: 2790-2009

SOLICITANTES: CARLOS JOSE DUGARTE JOVO Y GABRIELA GRACIELA FLORES GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 13.231.531 y V- 15.403.303.
ABOGADO ASISTENTE: JORGE A ANGARITA L, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 41.604.

MOTIVO: SEPARACION DE CUERPOS..


II

En fecha dieciocho (18) de Noviembre de dos mil nueve (2009), se recibió solicitud presentada por los ciudadanos CARLOS JOSE DUGARTE JOVO Y GABRIELA GRACIELA FLORES GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 13.231.531 y V- 15.403.303.-

Los solicitantes ciudadanos CARLOS JOSE DUGARTE JOVO Y GABRIELA GRACIELA FLORES GONZALEZ, plenamente identificados, solicitaron se decrete la separación de cuerpos, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 189 y 190 del Código Civil.

Vista la anterior solicitud este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Parágrafo Primero del articulo 762 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 189 y 190 del Código Civil y de la Resolución Nº 2009-0006, de fecha dieciocho (18) de marzo de 2009, de fecha dos (02) de Febrero del año en curso DECRETA LA SEPARACION DE CUERPOS de los solicitante en los mismos términos expuestos en su solicitud.

Expídase por secretaria las copias certificadas a los fines de remitirlas a las autoridades correspondientes.

Déjese copia certificada de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el artículo 248 ejusdem.

PUBLIQUESE Y REGISTRESE


Dada. Firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Carrizal, a los diecinueve (19) días del mes de Noviembre de 2009.
La Juez Titular,

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Dra. Liliana A. González G

La Secretaria Temporal,

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Beyram Díaz Martínez



En esta misma fecho se publico y registro la anterior decisión previo el anuncio de Ley, siendo las 11:00 de la mañana.-
La Secretaria Temporal,

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Abg. Beyram Díaz Martínez







Lagg/bdm/gt
Exp. Nº 2790-09