JUZGADO DEL MUNICIPIO AYACUCHO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. SAN JUAN DE COLON, VEINTISIETE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE.-
199º y 150º

SOLICITUD N° 2751-09

Vista solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, presentada por ante este Despacho por el ciudadano: HENRRY APARICIO GUILLEN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.109.256, asistido por la abogada en ejercicio LILIANA GUILLEN RAMIREZ, Inpreabogado N° 109.387, alegando en dicha solicitud que:

“…Consta en partida de nacimiento signada con el número 141 del año 1973, de los libros de registro Civil de Nacimiento llevados por la primera Autoridad Civil del extinto Municipio “Rivas Berti”, Distrito Ayacucho, hoy día Municipio Ayacucho del Estado Táchira,…que nací en esta Jurisdicción y que soy hijo del ciudadano ESTANISLAO APARICIO, ,,,,y de la ciudadana BERTHA GUILLEN DE APARICIO, ,…consta simultáneamente en el Acta de Nacimiento N° 141…del año 1973 que obra por ante el Registro Principal…Es el caso,…que al momento de asentar el acta de Nacimiento antes descrita tanto en la extinta Prefectura del Municipio Rivas Berti, hoy Registro Civil del Municipio Ayacucho como ante el Registro Principal, se incurrió en los errores materiales involuntarios de: colocarse el nombre de mi padre como ESTANISLAO APARICIO, es decir con un solo apellido, siendo lo correcto colocar ESTANISLAO APARICIO LOPEZ, y el nombre de mi madre fue escrito como BERTHA, siendo lo correcto colocarse como BERTA, sin la letra “H”,...”
Continua explanando en su escrito, que solicita se sirva ordenar lo que considere conveniente en la partida de nacimiento signada con el N° 86, del año 1972, asentada en los libros de Registro Civil de Nacimiento por la primera Autoridad Civil del Municipio Ayacucho del Estado Táchira y llevado en copias en el libro de Registro Principal, fundamenta su solicitud en los artículos 773 del C.P.C. en concordancia con lo previsto en los artículos 501 y 502 del Código Civil Venezolano, y solicita se oficie lo conducente A LA Primera Autoridad civil del Municipio Ayacucho y al Registro Principal, para que coloque la nota que rectifique la Partida de Nacimiento supra indicada.
Revisada igualmente todas y cada una de las actas que conforman la presente causa, así como el hecho de que se practicaron las diligencias pertinentes a corregir el error material involuntario cometido en el Acta de Nacimiento del solicitante, ciudadano YOVANY APARICIO GUILLEN, supra identificado