En el día de hoy, martes veinticuatro de noviembre de dos mil nueve, siendo las 9:10 a.m., se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES CÁRDENAS, GUASIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con el abogado en ejercicio JESÚS ARMANDO COLMENARES JIMENEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 74.418 quien actúa con el carácter de apoderado judicial de la parte Querellante, ciudadana: ELSA YOSAIRA DURÁN DE URDANETA, titular de la C.I. N° V-4.932.789, é indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Parcela de terreno N° 161, frente al Obelisco de la Colonia Italiana, Urbanización Pirineos, Avenida Peribeca de esta ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la practica de la EJECUCIÓN FORZOSA consistente en proceder a reducir el tamaño de la valla publicitaria propiedad de la empresa demandada en un terreno propiedad del ciudadano: RAFAEL GERARDO VARELA ALVIÁREZ, ubicado en la dirección antes mencionada, a una altura acorde con lo que establece la Ordenanza sobre Publicidad Comercial y Propaganda del Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, publicada en la Gaceta Municipal N° 052 de fecha 02 de diciembre de 2003, Articulo 13, Literal “B”, evitando el menor perjuicio asegurando una visión destacada para el producto que anuncia, y que a su vez permita a la parte demandante el disfrute de la vista sobre el contorno que tiene su inmueble para el lindero Este, en razón de su primigenia preferencia; medida ésta decretada en el JUICIO que por INTERDICTO PROHIBITIVO DE OBRA NUEVA se sigue contra la EMPRESA RAVAL PUBLICIDAD Y ASOCIADOS C.A., representada por su Presidente, ciudadano: RAFAEL GERARDO VALERA ALVIÁREZ, titular de la C.I. N° V-5.640.252, en el expediente Nº 49.134 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompañan al Tribunal los funcionarios policiales Cabo 1° CHARLES VICTOR MORA DIAZ, placa 1439; Agte JOSÉ GREGORIO CHACÓN placa 3657; Agte RICHARD ALBERTO HERRERA, placa 3499; Agte PEDRO SEGUNDO SUÁREZ, placa 3434; y Agte LIZARDO ALBERTO ANDRADE, placa 2944 éstos cuatro últimos adscritos a la Brigada de Acciones Especiales (BAE). Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la Comisión conferida por el Juzgado Comitente. En este estado se hizo presente la abogada en ejercicio MARIA DEL CARMEN BUSTAMANTE PORRAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 48.381 quien actúa con el carácter de apoderada judicial de la parte demandada, solicito el derecho de palabra y concedido como le fue expuso: “Por cuanto mi representada tiene un contrato de publicidad, el cual vence los primeros días de enero 2010, razón por la cual solicito se me conceda un plazo hasta el día 10 de enero de 2010 para darle cumplimiento voluntario a lo ordenado por el Tribunal de la Causa, es todo.” En este estado la parte actora solicitó el derecho de palabra y concedido como le fue expuso: “Visto lo expuesto por la parte Querellada y a fin de evitar el menos daño posible acepto la proposición realizada y como consecuencia esperaremos el vencimiento del plazo solicitado, solicitando la suspensión de la presente medida en el día de hoy, y se mantenga la comisión en este Despacho, es todo. Seguidamente, el Tribunal visto lo expuesto por ambas partes acuerda SUSPENDER la presente ejecución en el día de hoy. Asimismo se deja constancia que la niña (….) no estuvo presente en este acto por encontrarse en sus actividades escolares, según lo indicado por su representante, ciudadana: ELSA YOSAIRA DURÁN DE URDANETA, titular de la C.I. N° V-4.932.789. Igualmente se ordena mantener la presente comisión en este Despacho conforme a lo solicitado por la parte actora. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 11:00 a.m y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman. Lo Enmendado: Vale Todo.

LA JUEZA TITULAR,
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ

LA PARTE ACTORA,
ABG. JESÚS ARMANDO COLMENARES J.

LOS FUNCIONARIOS POLICIALES,
Cabo 1° CHARLES VICTOR MORA DIAZ
Agte JOSÉ GREGORIO CHACÓN
Agte RICHARD ALBERTO HERRERA
Agte PEDRO SEGUNDO SUAREZ
Agte LIZARDO ALBERTO ANDRADE

LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE QUERELLADA,
ABG. MARIA DEL CARMEN BUSTAMANTE P.

LA PARTE QUERELLANTE Y MADRE DE LA MENOR,
ELSA YOSAIRA DURÁN DE URDANETA

LA SECRETARIA,
HAYDEÉ SOCORRO MORENO