REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN LOS TEQUES
Los Teques, 19 de noviembre de 2009
199° y 150°
CAUSA N° 2E-067/08
JUEZ: NELIDA IRIS CONTRERAS ARAUJO, Juez Segunda de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda.-
SECRETARIA: ABG. ROSMARY SALAS ROJAS, Secretaria Adscrita al Pool de Secretarios del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda.-
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
FISCAL: Fiscal Décimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con competencia en régimen penitenciario y ejecución de sentencias/
DEFENSA PUBLICA: DR. LUIS CESAR RUBIO
PENADO: ANDERSON ULISES HERRERA FONSECA, venezolano, mayor de edad, natural de Los Teques, Estado Bolivariano de Miranda, soltero, con fecha de nacimiento 05-05-1979, de 39 años de edad, de profesión obrero, titular de la cédula de Identidad N° 13.910.435, residenciado en Los Teques, Barrio El Nacional, La Placita, casa sin número, bajando por las escaleras de la placita, en las terrazas, Estado Bolivariano de Miranda.-
DELITO: HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal Venezolano.
PENA IMPUESTA: ONCE (11) AÑOS y SEIS (06) MESES DE PRISION
Vistas las actuaciones que conforman la presente causa, y en especial el contenido del oficio DPP-13-159-09, suscrito por el DR. LUIS CESAR RUBIO, en su carácter de Defensor Público del ciudadano ANDERSON ULISES HERRERA FONSECA inserto al folio ciento cincuenta y siete (157) de fecha 18 de noviembre de 2009, de la pieza V del presente expediente, mediante el cual solicita se extienda el régimen de las presentaciones impuesto a su defendido ante este órgano jurisdiccional a cada treinta (30) días.
En tal sentido, éste Tribunal observa:
Mediante decisión de fecha 08 de Octubre del año 2009, este Tribunal le otorgó la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena Trabajo Fuera del Establecimiento (destacamento de Trabajo), todo de conformidad a los artículos 479.1 y 500 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
Una vez analizado la comunicación ante citada, se procedió a la revisión del libro de presentaciones a los fines de verificar las presentaciones correspondientes al penado ANDERSON ULISES HERRERA FONSECA, las cuales constan al vuelto del doscientos nueve 209 del libro respectivo, del que se desprende que dicho ciudadano ha comparecido ante el Tribunal cada ocho días, hasta la presente fecha; lo que constituye una muestra el cabal cumplimiento de la medida de aseguramiento desde el arribo de las actuaciones a éste Tribunal.-
Ahora bien, la solicitud interpuesta por el defensor del penado de marras, se fundamenta en lo dificultoso que le representa el trasladarse a la sede de éste Tribunal a los fines de cumplir con las presentaciones cada ocho (08) días, en virtud de que cada vez que se ausenta del trabajo tiene inconveniente y se ve perjudicado económicamente.
Se evidencia por tanto del libro de presentaciones, llevados por este Tribunal, que el ciudadano ANDERSON ULISES HERRERA FONSECA, ha cumplido fielmente con sus presentaciones, ante este órgano jurisdiccional; y siendo así, resulta procedente para quien aquí decide, decretar extensión en la peridiocidad de las presentaciones impuestas al penado de autos, en el cumplimiento de la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena denominada Destacamento de trabajp otorgada, de conformidad a los artículos 479.1 y 500 del Código Orgánico Procesal Penal, impuesta al penado, por este Juzgado Circunscripcional, en fecha 08 de octubre de 2009, por lo que dicho ciudadano deberá presentarse ante éste Tribunal cada quince (15) días, de conformidad con lo establecido el artículo 479.1 del código adjetivo, y así se declara.-
D I S P O S I T I V A
Por todos los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques; administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud presentada en fecha en fecha 18 de noviembre de 2009, por el penado ANDERSON ULISES HERRERA FONSECA, titular de la cédula de Identidad N° 13.910.435, y por consiguiente, se extiende el lapso de presentaciones en el cumplimiento de la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena denominada Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, otorgada al penado en fecha 08 de octubre de 2009, por lo que dicho ciudadano deberá presentarse ante éste Tribunal cada quince (15) días; de conformidad con lo establecido el artículo 479.1 del código adjetivo.
Notifíquese a las partes de la presente decisión conforme con lo dispuesto en el único aparte del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal; y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Regístrese, diarícese, publíquese. Estampase la correspondiente nota en el libro de presentaciones. Cúmplase con lo ordenado.
La Juez
Abg. NELIDA CONTRERAS ARAUJO
La Secretaria
Abg. ROSMARY SALAS ROJAS
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
La Secretaria
Abg. ROSMARY SALAS ROJAS
causa 2E-067-08
NCA/
19/11/2009