REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Por las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio No. 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dada la revisión de medida cautelar realizada de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA SIN LUGAR el planteamiento presentado por la defensa en la cual solicita se otorgue la libertad a su defendido y en consecuencia se ratifica la PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD dictada en fecha 24 de marzo de 2008 por el Tribunal Tercero de Control en audiencia de presentación, CONFIRMADA por la Corte de Apelaciones en fecha 03 de junio de 2008 y RATIFICADA por el Tribunal Tercero de Control en audiencia preliminar en fecha 30 de octubre de 2008.

Publíquese, regístrese, déjese copia autorizada de la presente decisión, asiéntese en el Libro Diario y, de conformidad con el artículo 175 del instrumento adjetivo penal, notifíquese a las partes y Líbrese traslado.
LA JUEZ PRIMERO DE JUICIO
SANDRA SATURNO MATOS
EL SECRETARIO,
EDSER PARRA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO,
EDSER PARRA