REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. EXTENSIÓN BARLOVENTO
SALA DE JUICIO.
JUEZ UNIPERSONAL Nº I

Guatire, 11 de Noviembre de 2009.
199º y 150º

PARTE SOLICITANTE: NAYARIT COROMOTO CENTENO NOGUERA, Titular de la Cedula de Identidad Nº 11.488.321.
MOTIVO: Carga Familiar.

Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones y las justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Despacho Judicial a cargo de la Jueza Unipersonal I de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Extensión Barlovento, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la presente solicitud, en consecuencia y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en los artículos 936º y 937º del Código de Procedimiento Civil, decreta como CARGA FAMILIAR del ciudadano DOUGLAS ANTONIO CALZADILLA AGUILAR, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 16.134.546, al niño IDENTIDAD OMITIDA, de once (11) años de edad, de acuerdo a la partida de nacimiento expedida La Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Ambrosio Plaza, Acta Nº 858. Devuélvase todo original.
LA JUEZA TITULAR,

Dra. LETICIA MORILLO MOROS


LA SECRETARIA







Solicitud Nº S-09-10343
Carga Familiar.