REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Estado Miranda
Extensión Barlovento. Jueza Unipersonal Nº I
Guatire, 26 de Noviembre de 2009
199º y 150º
Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones y las justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Despacho Judicial a cargo de la Jueza Unipersonal I de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Extensión Barlovento, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud, en consecuencia y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en los artículos 936º y 937º del Código de Procedimiento Civil, decreta como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la ciudadana quien en vida respondiera al nombre de MERY CRUZ VEGAS VELIZ; quien falleció ab intestado, tal como consta de la partida de defunción expedida por la Jefatura Civil de la Parroquia El Paraíso del Municipio Autónomo Libertador del Distrito Capital, según acta Nº 495 del año 2009, y quien era titular de la cédula de identidad Nº V- 6.836.613, a su hija IDENTIDAD OMITIDA. Devuélvase todo original.
LA JUEZA TITULAR Nº 1,
DRA. LETICIA MORILLO MOROS.
LA SECRETARIA
Solicitud: S- 09*9589
D.U.U.H
LMM/MB/yone
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