REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. EXTENSIÓN BARLOVENTO
SALA DE JUICIO.
JUEZ UNIPERSONAL Nº II


Guatire, 09 de Noviembre del año 2009.
199º y 150º

SOLICITANTE: JENNY AIDA MOLINA MORALES titular de la Cédula de Identidad Nº 11.482.768.
Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones y las justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Despacho Judicial a cargo del Juez Unipersonal II de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Extensión Barlovento, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la presente solicitud, en consecuencia y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, decreta como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano CESAR ALEXANDER GUERRA, quien en vida era titular de la cédula de identidad Nº 10.093.848, quien falleció el 31-01-2009 en Urb. Menca de Leoni bloque 44 (vía publica) Guarenas del Estado Miranda, a consecuencia de: Sección medular, Herida por arma de fuego a la cabeza, tal como consta de la partida de defunción expedida por el Registro Civil del Municipio Autónomo Ambrosio Plaza del Estado Miranda, acta Nº 080 registrada en fecha 17/02/2009, a su hijo el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA)y a su esposa la ciudadana JENNY AIDA MOLINA MORALES titular de la Cédula de Identidad Nº 11.482.768. Devuélvase todo original.
Regístrese y Publíquese incluso en la página Web suprimiéndose el nombre de los niños, niñas y adolescentes de autos el cual será sustituido por la palabra IDENTIDAD OMITIDA y déjese Copia Certificada. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en el Despacho Judicial a cargo del Juez Unipersonal N° II de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento. Guatire, al 09 día del mes de Noviembre del año dos mil nueve (2009). Años 199º de la Independencia y 150º de la Federación
EL JUEZ TITULAR ABG. HELIO ANTONIO REQUENA BANDRES.

LA SECRETARIA TITULAR.

ABG. DAYANA ESTABA.



HARB/Zunyin
EXP Nº S-09/10262
Título de únicos y universales herederos.