REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES
ACTA DE AUDIENCIA DE APELACIÓN
En el día de hoy martes veintisiete (27) de octubre del año dos mil nueve (2009), siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar la audiencia oral y publica, referente a la apelación interpuesta en la causa por ENFERMEDAD OCUPACIONAL seguida por el ciudadano WILLIAMS JOSE AROCHA BRAVO , contra MINERA LOMAS DE NIQUEL C.A por la abogada en ejercicio NEVAI RAMIREZ BALDO, en su carácter de apoderada judicial de la demandada contra el auto de admisión de pruebas que negó la prueba de informes de fecha 13 de octubre de 2009 dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda Con Sede en los Teques, la cual cursa en el expediente numero 1524-09 (nomenclatura de este Juzgado).- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, se deja constancia de la comparecencia de la abogada NEVAI RAMIREZ BALDO e inscrita en el inpreabogado bajo el N° 124.443, en su carácter de apoderada judicial de la demandada. Seguidamente se da inicio a la audiencia oral, haciendo acto de presencia el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-Seguidamente se le concedió la palabra a la apoderada judicial de la demandada quien expuso sus alegatos y fundamentos en relación a la apelación quedando reproducidos en el material audiovisual de la presente audiencia. Concluida la exposición de las partes, el ciudadano Juez, anunció se acogería al lapso de 60 minutos conforme al contenido del artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, para dictar sentencia oral correspondiente a la presente causa.- De regreso a la sala de audiencias el ciudadano Juez Superior procedió a dictar sentencia oral realizando previamente un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara lo siguiente: “…Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada NEVAI RAMIREZ BALDO, en su carácter de apoderada judicial de la demandada contra el auto de admisión de pruebas que negó la prueba de informes solicitada al Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial y sede y la experticia medica de fecha 13 de octubre de 2009 dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda Con Sede en los Teques. SEGUNDO: SE RATIFICA el auto de admisión de pruebas que negó la prueba de informes de fecha 13 de octubre de 2009 dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda Con Sede en los Teques. TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada por quedar totalmente vencida en la audiencia de apelación.”. La publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente la presente fecha, y será a partir de la publicación de dicha decisión que comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo.- Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencias del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, martes veintisiete (27) de octubre del año dos mil nueve (2009), años 199° de la Independencia y 150° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia.-
ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR
APODERADA JUDICIAL DE LA DEMANDADA.
EXP. 1524-09
AHG/JMM
JOHANNA MONSALVE MORALES
SECRETARIA