REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO BOLIVARIANO MIRANDA


Carrizal, 14 de Octubre de 2009.
199° y 150°

Vistas las actuaciones que anteceden, este tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y de la Resolución Nro. 2009-0006, de fecha dieciocho (18) de marzo de 2009, debidamente publicada en Gaceta Oficial bajo el Nro. 39152, de fecha dos (2) de febrero del año en curso, DECLARA: la misma TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana DORIS ZULAY HERNANDEZ REYES, venezolana titular de la cedula de identidad Nº v- 3.883.915, sobre las mejoras y bienhechurías, construidas sobre un lote de terreno de su propiedad según se evidencia de documento de reparcelamiento protocolizado ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda en fecha 05 de Marzo de 1.985, bajo el Nº 44, Tomo 18, Protocolo Primero, y sus aclaratorias protocolizadas en la citada Oficina de Registro el 11 de Marzo de 1.986, bajo el Nº 21, tomo 2, Protocolo Primero y el 07 de Mayo de 1.987, bajo el Nº 19, Tomo 1º, Protocolo 1ª, y el documento de Integración de la parcela R-1-2, registrado en la misma Oficina de Registro el 08 de Julio, de 1.987, bajo el Nº 26 Tomo 5, Protocolo 1ª, en el cual se integraron las parcelas R-1,y R-2 para formar la parcela R 1-2, Plano agregado al Cuaderno de Comprobante de dicho Registro el 07 de Mayo de 1.987, bajo el Nº 108, FOLIO 175. El inmueble descrito le pertenece según consta de documento Protocolizado ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda el 15 de Diciembre de 1.987, y según documento protocolizado en la misma oficina de Registro el 21 de Junio de 2002 bajo el Nº 43,Protocolo 1º, Tomo 18, 2do Trimestre de 2002, dicha parcela de terreno se encuentra ubicada en Calle El Golf, Urbanización Colinas de Carrizal, Parcelamiento Colinas de Carrizal, en jurisdicción del Municipio Carrizal del Estado Bolivariano de Miranda, el cual tiene una superficie aproximada de MIL CIENTO NOVENTA Y UN METROS CUADRADOS CON NUEVE DECIMETROS CUADRADOS (1.191,09 m2), cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvase en originales las presentes actuaciones a los solicitantes, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual fue redactada por el abogado Marlene Martínez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 11.467. El tribunal certifica que tuvo a su vista los siguientes documentos originales: A) Plano topográfico. B) Copia de la cedula de identidad de Doris Zulay Hernández Reyes C) Documento de venta registrado ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, bajo el N° 30, Tomo 30, Protocolo Primero, 4to Trimestre del año 1.987. C) Documento de reparcelamiento registrado bajo el Nro. 44, Tomo 18 Protocolo Primero; Primer Trimestre. D) Documento de venta de Jesús Alberto Lucena Morgado a Doris Zulay Hernández Reyes registrado ante el registro Publico del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, bajo el Nº 43, tomo 18, . Protocolo Primero. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este tribunal.
La Juez,

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Dra. Liliana A. González G.

El Secretario,

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Abg. José A. Freitas
En la misma fecha se de hoy, se devuelve la presente actuación a la parte solicitante, constante de cinco (05) folios útiles.
El Secretario,

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Abg. José A. Freitas

Lagg/Jaf/oc
S. 1664-09