REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO
GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 21 de Octubre de 2009
199° y 150°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, suscrita por la ciudadana AMANDA LANDAEZ DE CHACON, identificada en autos, asistida por el abogado HUMBERTO JOSE RUJANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.163, así como la justificación promovida y evacuada ante este Juzgado, en la cual rinden declaración los ciudadanos AMERICA DE VALLE CAÑAS ROCCA y SERGIO MARTINEZ, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 2.775.572 y 936.743 respectivamente, por asuntos de herencia. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, decreta las mismas TÍTULO DE ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a favor de la ciudadana AMANDA LANDAEZ DE CHACON, venezolana, mayores de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 2.145.007, para asegurar los derechos que tenga dicha ciudadana en la Sucesión de la ciudadana CARMEN CECILIA CHACON LANDAEZ, quien falleció en fecha 10 de Marzo de 2009, en su carácter de causahabientes de la prenombrada causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvanse originales las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.
LA JUEZ TITULAR


DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
LA SECRETARIA TITULAR

ABG. SOL SCARLET DÍAZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
LA SECRETARIA TITULAR


ABG. SOL SCARLET DÍAZ
S.- N° 0806/2009
JVA/ssd/cc.-