REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE



JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
199° y 150°

Visto el contenido de la diligencia suscrita en fecha 05 de octubre de 2009, por el ciudadano BERNARDO JOSÉ ZINGUER DELGADO, titular de la cédula de identidad N° V-13.212.020, parte demandante, asistido por el abogado RODOLFO QUINTERO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 63.837, por una parte y por la otra, el ciudadano GERSON RODOLFO DELGADO, titular de la cédula de identidad N° V-9.364.373, asistido por el abogado MIGUEL GERARDO PEÑALOZA URBINA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 58.432, mediante la cual deciden poner fin al presente juicio mediante TRANSACCIÓN; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil y conforme a lo solicitado y por cuanto no hay más actuaciones que realizar archívese el expediente.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los veinte días del mes de octubre del año dos mil nueve. Años: 199° de la Independencia y 150° de la Federación.


GREGORIO EDECIO PÉREZ AGUILAR
Juez Temporal

MARÍA E. VILLAMIZAR DE GALVIS
Secretaria

En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo la 01:00 p.m., quedando registrada bajo el N° 193 y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.

Exp. N° 5073-2009
Rogelio G.