Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Con Lugar la solicitud de Cumplimiento y Aumento de Obligación de Manutención formulada por la ciudadana BLANCA JACQUELINE SANGUINO ROCHE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-11.509.726, domiciliada en Palmira, Municipio Guásimos, Estado Táchira y hábil, en su carácter de madre de los adolescentes (omitido por art. 65 LOPNA) contra el ciudadano JESUS ESCALANTE GUERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-5.676.540, domiciliado en La Victoria, Municipio Guásimos, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: Se fija como Obligación de Manutención para los adolescentes, (omitido por art. 65 LOPNA), la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs.400,00) mensuales, la cual deberá ser pagada dentro de los cinco primeros días de cada mes y ajustada anualmente por la inflación tomando en cuenta los I.P.C. emitidos por el Banco Central de Venezuela.-
TERCERO: Se fija como cuota especial y adicional la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs.400,00) para los meses de Septiembre y Diciembre por concepto de gastos escolares y navideños, respectivamente. Igualmente el padre deberá colaborar con el 50% de los gastos médicos y medicinas.
CUARTO: Se Condena al ciudadano JESUS ESCALANTE GUERRA, a pagar la cantidad de TRES MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.3.500,00) por concepto de Obligación de Manutención vencida y no pagada, en cuotas de CIEN BOLIVARES (Bs.100,00) mensuales adicionales al monto mensual de la Obligación de Manutención, para un total de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.500,00) mensuales hasta el pago definitivo de la deuda atrasada.-
Regístrese, Publíquese, Déjese copia para el archivo del Tribunal y Notifíquese a las Partes.
Dada, Firmada, Sellada y Refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en Táriba a las tres de la tarde del día Veintinueve de Octubre de Dos Mil Nueve. Años 199° de La Independencia y 150° de La Federación.-
La Juez Titular,
Abg. Luisa Medina
La Secretaria,
Abg. Marisol Maldonado
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