REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
TRIBUNAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE
SEGURIDAD Nº 2
San Cristóbal, 13 de Octubre de 2009.
199º y 150º
CAUSA Nº: 1808
Una vez revisada la presente causa se observa solicitud sin número, suscrita por el penado JIMMY JACKSON LOPEZ, Venezolano, con cédula de identidad No V-13.506.931, mediante la cual solicita la aprobación para conducir vehículos automotores y quien actualmente se encuentra disfrutando del Beneficio de Régimen abierto bajo supervisión especial. Visto su contenido, se observa que la referida solicitud tiene apoyo en supuestas pruebas presentadas en línea de taxis Garzón, así también como fundamento la necesidad económica para él y su familia, más sin embargo es preciso recordar que el beneficio de régimen abierto es una gracia del Estado que implica el tránsito hacia la libertad plena, por tanto tratase de una semi-libertad vigilada y bajo el cumplimiento de las condiciones que previamente le fijó el tribunal. Aunado a lo anterior, los delitos por los cuales fue condenado y cumple pena YIMMY LOPEZ son graves, así también la propia naturaleza del beneficio otorgado se vería desvirtuada, de concederse el permiso solicitado. En fuerza de lo anterior, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 02, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: DECLARA SIN LUGAR LA SOLICITUD Y POR CONSIGUIENTE NIEGA EL PERMISO ESPECIAL PARA CONDUCIR VEHICULOS AUTOMOTORES por las razones arriba expresadas.
Cúmplase.
ABG. RICHARD ANTONIO CAÑAS DELGADO
JUEZ SEGUNDO DE EJECUCION

ABG. CUSTODIO JOSE COLMENARES CARDENAS
SECRETARIO