REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

Los Teques, 06 de octubre de 2009.
199º y 150º

PONENTE: DR. LUIS ARMANDO GUEVARA RISQUEZ
EXPEDIENTE Nº 1A-s 7524-09

Corresponde a esta Corte de Apelaciones decidir acerca de la admisibilidad de los Recursos de Apelación interpuestos por: el Profesional del Derecho VÍCTOR JOSÉ LA PALMA FIGUERA, Defensor Privado del ciudadano: JOSÉ GREGORIO MOTABÁN ITRIAGO, las Profesionales del Derecho LEIDA ESCALANTE y ZOMARIS PADILLA DE BARRIOS, Defensoras Privadas del ciudadano: JOSÉ RAFAEL ROJAS GARCÍA y la Profesional del Derecho DRA. FRANCIA COELLO G, Defensora Pública Penal Décima Sexta, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Estado Miranda con sede en Los Teques, actuando en carácter de Defensora del ciudadano: GONZÁLEZ SEGOVIA JAVIER JESÚS, todos contra la decisión dictada en fecha 20 de marzo de 2009 por el TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN LOS TEQUES y cuyo texto íntegro se publicó en fecha 19 de mayo de 2009, mediante la cual el Órgano Jurisdiccional prenombrado absolvió a los ciudadanos: MOTABÁN ITRIAGO JOSÉ GREGORIO, GONZÁLEZ SEGOVIA JAVIER JESÚS, Y ROJAS GARCÍA JOSÉ RAFAEL, del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, tipificado en el artículo 470 del Código Penal y les condenó a cumplir la pena de TRECE (13) AÑOS DE PRISIÓN, por ser autores responsables de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previstos y sancionados en el artículo 458 del texto Sustantivo Penal, en perjuicio de los ciudadanos: YUDITH COROMOTO BANCO CONOPOIMA, RIVAS ELOY DE LA CONCEPCIÓN, CASTRO MACHADO MILAGROS DEL VALLE, JOSEFA ANTONIA HURTADO FIGUERA, PÉREZ CARBALLO OSCAR RAFAEL, ROSA MARGARITA VERA MORA, GARCÍA VÍCTOR LUNA, BENZAZON ENRIQUEZ YOHANDRA BEATRIZ, BRAVO LUIS YOJHANIS, COLMENARES OSCAR RAÚL, SILVA RODRÍGUEZ FERNANDO WILFREDO, MARTÍNEZ LAYA MARÍA VIRGINIA, BENAREZ ROBLES DAVID ANTONIO.
EL TIEMPO HÁBIL PARA EJERCER EL RECURSO
En cuanto al tiempo procesal en que fue presentado el Recurso de Apelación en contra de la decisión dictada en fecha 20 de marzo de 2009 y publicada en fecha 19 de mayo de 2009, por Tribunal Tercero de Juicio de este Circuito Judicial Penal, sede Los Teques, se observa que los Recursos de Apelación ejercidos por los Profesionales del Derecho VÍCTOR JOSÉ LA PALMA FIGUERA, LEIDA ESCALANTE y ZOMARIS PADILLA DE BARRIOS, fueron interpuestos el día 30 de julio de 2009, encontrándose ambos en el noveno día de despacho para ejercer el recurso en cuestión y el Recurso de Apelación presentado por la profesional del derecho FRANCIA COELLO G, Defensora Pública Penal Décima Sexta, adscrita a la Unidad de Defensa Publica del Estado Miranda con sede en Los Teques, fue interpuesto el 31 de julio de 2009 encontrándose en el décimo día de despacho para ejercer el recurso en cuestión, tal como se desprende del cómputo cursante al folio 312 de la décima primera pieza del expediente, suscrito por el Secretario del Tribunal A quo, por lo cual se estima que los referidos Recursos de Apelación fueron ejercidos válidamente en tiempo oportuno como lo prevé el artículo 453 en relación con el artículo 172 del Código Orgánico Procesal Penal.

DE LA ADMISIBILIDAD

Los recursos fueron ejercidos con fundamento en el artículo 452 numerales 2 y 4 del Código Orgánico Procesal Penal, dentro del término que establece el artículo 453 ejusdem y no incursos en causal de inadmisibilidad alguna de las taxativamente previstas en el artículo 437 ibídem.

En consecuencia y por cuanto el presente Recurso de Apelación fue interpuesto fundamentado en causal legalmente establecida, dentro del término legal y por no ser evidentemente inadmisible, se ADMITE y ASÍ SE DECLARA.

A los fines de dar cumplimiento con la Audiencia Oral prevista en los artículos 455 y 456 del Código Orgánico Procesal Penal, se fijará como oportunidad para la realización de la misma el día 20 de octubre de 2009 a las 12:30 m. Líbrese Boleta de Citación a las partes, de conformidad con el criterio sentado por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en Sentencia signada con el N° 449, de fecha 11 de Agosto de 2008.
DISPOSITIVA

Por los razonamientos expuestos con anterioridad, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
ÚNICO: ADMITE los Recursos de Apelación interpuestos por: el Profesional del Derecho VÍCTOR JOSÉ LA PALMA FIGUERA, Defensor Privado del ciudadano: JOSÉ GREGORIO MOTABÁN ITRIAGO, el profesional del Derecho LEIDA ESCALANTE y el profesional del Derecho ZOMARIS PADILLA DE BARRIOS, Defensoras Privadas del ciudadano: JOSÉ RAFAEL ROJAS GARCÍA, el Profesional del Derecho FRANCIA COELLO G, Defensora Publica Penal Décima Sexta, adscrita a la Unidad de Defensa Publica del Estado Miranda con sede en Los Teques, actuando en carácter de Defensora del ciudadano: GONZALEZ SEGOVIA JAVIER JESÚS, contra la decisión dictada en fecha 20 de marzo de 2009 por el TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN LOS TEQUES y cuyo texto íntegro se publicó en fecha 19 de mayo de 2009, mediante la cual el Órgano Jurisdiccional prenombrado absolvió a los ciudadanos: MOTABÁN ITRIAGO JOSÉ GREGORIO, GONZÁLEZ SEGOVIA JAVIER JESÚS, Y ROJAS GARCÍA JOSÉ RAFAEL, del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, tipificado en el artículo 470 del Código Penal y les condenó a cumplir la pena de TRECE (13) AÑOS DE PRISIÓN, por ser autores responsables de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previstos y sancionados en el artículo 458 del texto Sustantivo Penal, en perjuicio de los ciudadanos: YUDITH COROMOTO BANCO CONOPOIMA, RIVAS ELOY DE LA CONCEPCIÓN, CASTRO MACHADO MILAGROS DEL VALLE, JOSEFA ANTONIA HURTADO FIGUERA, PÉREZ CARBALLO OSCAR RAFAEL, ROSA MARGARITA VERA MORA, GARCÍA VÍCTOR LUNA, BENZAZON ENRIQUEZ YOHANDRA BEATRIZ, BRAVO LUIS YOJHANIS, COLMENARES OSCAR RAÚL, SILVA RODRÍGUEZ FERNANDO WILFREDO, MARTÍNEZ LAYA MARÍA VIRGINIA, BENAREZ ROBLES DAVID ANTONIO.

Publíquese, regístrese, déjese copia certificada y cítese a las partes.

MAGISTRADO PRESIDENTE

DR. JUAN LUIS IBARRA VERENZUELA
MAGISTRADO PONENTE


DR. LUIS ARMANDO GUEVARA RISQUEZ

MAGISTRADA INTEGRANTE


DRA. MARINA OJEDA BRICEÑO

LA SECRETARIA


Abg. GHENNY HERNANDEZ APONTE

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA,


Abg. GHENNY HERNANDEZ APONTE



JLIV/LAGR/MOB/GHA/ychb.
Causa N° 7524-09.
Auto de admisión.