REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES
Los Teques, 20 de Octubre de 2009
199° y 150°
Causa N° 3C-5279/08
JUEZ: DRA. ROSA ELENA RAEL MENDOZA
SECRETARIA: ABG. WUILLJANTZY SANCHEZ
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
FISCAL: Dra. ALMARZA LESBIA JOSEFINA, Fiscal Vigésima Octava del Ministerio Público A Nivel Nacional con Competencia Plena.
IMPUTADA: MIGDALIA COROMOTO GALAVIS CARVAJAL.
DEFENSOR PRIVADO: Dr. SANCHEZ PEDRAZA CARLOS ISIDRO.
DECISIÓN:
Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE LA FIJACIÓN DE PLAZO PRUDENCIAL de la causa signada con el N° 3C-5279/08, seguida en contra de la ciudadana MIGDALIA COROMOTO GALAVIS CARVAJAL, titular de la cédula de identidad N° V-4.227.871, de conformidad con lo establecido en los artículos 24, 26 y 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo establecido en los artículos 1, 11, 12 y 313 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Notifíquese a las partes, conforme al único aparte del Artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese y déjese copia. Cúmplase.-
La Juez de Control N° 3
Dra. Rosa Elena Rael Mendoza
La Secretaria
Abg. Wuilljantzy Sánchez
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado. Y así lo certifico
La Secretaria
Abg. Wuilljantzy Sánchez
Causa N° 3C-5279-08
RERM/rerm.*